El pasado 4 de enero de 2024 el Servicio de Administración Tributaria informa las actualizaciones y mejoras para presentar la declaración anual 2023 de personas morales (Comunicado 002/2024), entre las que destacan la siguientes:

  • Eliminación de “Estado de flujo de efectivo“ y “Estado de cambios en el capital contable”.
  • Estados financieros precargados del ejercicio inmediato anterior.
  • Adición de la deducción inmediata de inversión prevista en el Decreto Relocalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2023 y de los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes de las zonas afectadas por el Huracán Otis, en los formularios tanto del Régimen General de Ley como del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
  • Pueden agregarse las pérdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en el formulario, provenientes de las declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021.
  • Se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en el caso de que se haya generado en el ejercicio inmediato anterior.
  • Se renueva el formato de los estados financieros para dar mayor certeza al visualizar los datos del contribuyente generados en la Declaración Anual.

Dicho comunicado señala que para realizar el envío de la declaración, además de contar con la firma electrónica (e.firma), es necesario estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del impuesto sobre la renta (ISR) de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, RESICO de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos, por lo que sugerimos revisar tu situación fiscal antes de la fecha de vencimiento de dicha declaración.

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